En Colombia se ha declarado inconstitucional la pesca deportiva

La Corte Constitucional del país prohibió la actividad porque considera que produce maltrato través de un fallo sin precedentes, por lo que será prohibida definitivamente dentro de un año.

La sentencia explicó que la Sala Plena de la Corte señaló que «la pesca deportiva es una actividad que vulnera el principio de precaución y la prohibición de maltrato animal, y por tanto, debe excluirse del ordenamiento jurídico».

La pesca deportiva consiste en capturar los animales, ya sea en ríos, mares, lagunas o represas, y volverlos a liberar. Por la diversidad orográfica en Colombia, hay varios lugares en los que se desarrolla, especialmente en los embalses de los departamentos de Cundinamarca, Cauca y Antioquia.

Sin embargo, uno de los mejores lugares del mundo para la pesca deportiva es Bahía Solano, en el departamento del Chocó.

Esa decisión se une a la adoptada en febrero de 2019 cuando la Corte Constitucional prohibió la caza deportiva en el país porque es contraria a la protección del medio ambiente y de los animales.

El fallo de la Corte luego indicó que el mandato de protección a los animales se desprende del «principio de constitución ecológica, la función social de la propiedad y la dignidad humana; y señaló que, en ese contexto, el Legislador y la Corte han considerado a los animales como seres sintientes».

La medida añadió que, aunque no es posible definir «con certeza absoluta las consecuencias nocivas de la pesca deportiva, en términos de los principios de protección y bienestar animal, ni el impacto y deterioro de los recursos hidrobiológicos, sí existe información científica relevante que exige evitar impactos nocivos en estos seres y su entorno», por lo que «debe preferirse la exclusión de la actividad».

La Corte Constitucional concluyó, sin embargo, que podrán seguir existiendo la pesca artesanal, industrial, de subsistencia, científica, de control o de fomento, pero no la deportiva.