La medida regirá hasta el 12 de enero, entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m. Con el fin de garantizar las acciones de seguridad y disminuir el incremento de hurtos y fleteos durante la temporada decembrina. El desacato de esta restricción será sancionado con una multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, además de la inmovilización de la moto.
Desde el dos de diciembre de 2020, la Alcaldía de Marinilla ha tomado medidas, a fin de garantizar la prevención del contagio de COVID-19, mantener el orden público y la seguridad, prohibir el uso de la pólvora y controlar el expendio de bebidas embriagantes durante la temporada decembrina.
De acuerdo con el Decreto 200 del primero de diciembre de 2020, ninguna motocicleta podrá circular o transitar con pasajero parrillero en el perímetro urbano, esto con el fin de garantizar la tranquilidad a la ciudadanía y evitar que los casos de hurtos y fleteos aumenten, como pasaba en la misma época en años anteriores, “La prohibición consiste en que no podrán haber conductores, ni motociclistas con parrillero entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m. La medida se exceptúa en el corredor vial de la autopista Medellín- Bogotá y en la zona rural”, explicó la secretaria de Gobierno de Marinilla, Adriana Gómez Tamayo.
Esta prohibición quedará estipulada hasta el primer puente festivo del 2021, que será exactamente el 12 de enero y quienes no acaten las disposiciones, deberán someterse a las sanciones contempladas en el artículo 94 del Código Nacional de Tránsito.
Estarán exentos de la restricción, las personas que se movilizan en moto y que pertenecen a la Policía Nacional, el Ejército, las autoridades de tránsito, salud, emergencia, escoltas y, en general, a los organismos de socorro.
Las autoridades de Policía y Tránsito serán los encargados de velar el cumplimiento de la medida, además hacen un llamado a la comunidad para que eviten las sanciones y cumplan con todas las medidas de prevención y cuidado.