CAVARO es una firma de Abogados Colombiana dedicada a la protección y defensa de los derechos de Propiedad Intelectual de nuestros clientes, logrando una posición destacada y consolidada en este campo, así como en Legislación Sanitaria y Asesoría Empresarial, lo que nos permite ofrecer servicios jurídicos y técnicos altamente especializados.
Nuestra compañía está integrada por un equipo de Abogados expertos en el área de la propiedad Intelectual (Derechos de Autor, Marcas e Invenciones) y Legislación sanitaria (Registros Sanitarios), por lo tanto estamos en capacidad de proveer a nuestros clientes asesoría relacionada con el manejo, protección, prevención, observancia y explotación de sus derechos intangibles.
La experiencia y conocimiento del mercado con el que cuentan los fundadores de CAVARO ABOGADOS fue adquirido gracias al trabajo que sus socios desarrollaron por más de diez años en diversas oficinas de abogados de reconocida trayectoria en el país, lo cual nos hace un empresa con autoridad para brindar una asesoría integral a cada uno de nuestros clientes.
¿POR QUÉ DEBEN PROTEGERSE LAS MARCAS?
La marca por ser el signo que distingue su actividad en el comercio, se convierte en uno de los activos intangibles más importantes de su compañía, por lo que se hace necesario realizar el registro ante la entidad competente y adquirir así el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos o servicios idénticos o similares que pueda crear confusión en el público consumidor.
Si una empresa no registra su marca, otras empresas podrían utilizar para sus propios productos o servicios el mismo signo o un signo semejante que induzca a confusión, aprovechándose así de la reputación y relaciones que la empresa ha creado con sus clientes, disminuyendo así los ingresos, confundiendo a los clientes y viéndose afectada la imagen y reputación de la sociedad, más aún cuando los productos o servicios de la otra sociedad son de menor calidad.
DERECHOS QUE SE ADQUIEREN
El registro de una marca (los demás signos cuentan con la protección similar) confiere a su titular, entre otros, los siguientes derechos: Prioridad ante terceros interesados en registrar una marca idéntica o similar con posterioridad, desde la fecha de radicación de la solicitud (Incluso a nivel extraterritorial por ser miembro de varios, pactos, tratados y acuerdos); Entablar acción ante la autoridad Nacional competente contra cualquier persona que infrinja su derecho de Propiedad Industrial; Utilizar la marca tal y como fue registrada en el tráfico económico de sus productos y/o servicios; Introducir en el mercado, debidamente identificados con la marca los productos y/o servicios que se registran.
DIFERENCIA ENTRE REGISTRO MARCARIO Y REGISTRO MERCANTIL
El registro mercantil tramitado ante las Cámaras de Comercio constituye el cumplimiento de una obligación que debe cumplir el comerciante cuando realiza actos o actividades mercantiles, la función de este registro es de servir de medio publicitario sobre la existencia, constitución, representación y objeto social de una persona jurídica o natural que realiza actividades comerciales.
En Colombia, quien se sienta perjudicado por la explotación fraudulenta de una enseña comercial y/o marca, está legitimado para iniciar demanda de Competencia Desleal, medidas cautelares o infracción marcaria, y reclamar indemnización de perjuicios causados, así como para iniciar proceso penal, tal como está consagrado en nuestra Legislación Comercial y Penal.